15.11. El Amo podrá sujetar, esposar o atar a la Sumisa en todo momento durante las horas asignadas o en cualquier hora adicional por cualquier razón y por largos periodos de tiempo, prestando la debida atención a la salud y la seguridad de la Sumisa.

15.12. El Amo garantizará que todo el equipamiento utilizado para el entrenamiento y la disciplina se mantiene limpio, higiénico y seguro en todo momento.

SUMISA

15.13. La Sumisa acepta al Amo como su dueño y entiende que ahora es de su propiedad y que está a su disposición cuando al Amo le plazca durante la vigencia del contrato en general, pero especialmente en las horas asignadas y en las horas adicionales acordadas.

15.14. La Sumisa obedecerá las normas establecidas en el Apéndice 1 de este contrato.

15.15. La Sumisa servirá al Amo en todo aquello que el Amo considere oportuno y debe hacer todo lo posible por complacer al Amo en todo momento.

15.16. La Sumisa tomará las medidas necesarias para cuidar su salud, solicitará o buscará atención médica cuando la necesite, y en todo momento mantendrá informado al Amo de cualquier problema de salud que pueda surgir.

15.17. La Sumisa garantizará que toma anticonceptivos orales, y que los toma como y cuando es debido para evitar quedarse embarazada.

15.18. La Sumisa aceptará sin cuestionar todas y cada una de las acciones disciplinarias que el Amo considere necesarias, y en todo momento recordará su papel y su función ante el Amo.

15.19. La Sumisa no se tocará ni se proporcionará placer sexual sin el permiso del Amo.

15.20. La Sumisa se someterá a toda actividad sexual que exija el Amo, sin dudar y sin discutir.

15.21. La Sumisa aceptará azotes, zurras, bastonazos, latigazos o cualquier otra disciplina que el Amo decida administrar, sin dudar, preguntar ni quejarse.

15.22. La Sumisa no mirará directamente a los ojos al Amo excepto cuando se le ordene. La Sumisa debe agachar los ojos, guardar silencio y mostrarse respetuosa en presencia del Amo.

15.23. La Sumisa se comportará siempre con respeto hacia el Amo y solo se dirigirá a él como señor, señor López o cualquier otro apelativo que le ordene el Amo.

15.24. La Sumisa no tocará al Amo sin su expreso consentimiento.

ACTIVIDADES

16. La Sumisa no participará en actividades o actos sexuales que cualquiera de las dos partes considere inseguras ni en las actividades detalladas en el Apéndice 2.

17. El Amo y la Sumisa han comentado las actividades establecidas en el Apéndice 3 y hacen constar por escrito en el Apéndice 3 su acuerdo al respecto.

PALABRAS DE SEGURIDAD

18. El Amo y la Sumisa admiten que el Amo puede solicitar a la Sumisa acciones que no puedan llevarse a cabo sin incurrir en daños físicos, mentales, emocionales, espirituales o de otro tipo en el momento en que se le solicitan. En este tipo de circunstancias, la Sumisa puede utilizar una palabra de seguridad. Se incluirán dos palabras de seguridad en función de la intensidad de las demandas.

19. Se utilizará la palabra de seguridad «Amarillo» para indicar al Amo que la Sumisa está llegando al límite de resistencia.

20. Se utilizará la palabra de seguridad «Rojo» para indicar al Amo que la Sumisa ya no puede tolerar más exigencias. Cuando se diga esta palabra, la acción del Amo cesará totalmente con efecto inmediato.

CONCLUSIÓN

21. Los abajo firmantes hemos leído y entendido totalmente lo que estipula este contrato. Aceptamos libremente los términos de este contrato y con nuestra firma damos nuestra conformidad.

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